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Multas de Tránsito y Opciones de Elegir la Escuela

Si usted es Multado

Debe elegir una opción dentro de un lapso de treinta (30) días.

Si lo multan con una infracción civil, la Oficina de Secretaría debe recibir  una notificación de su elección de una de las opciones relacionadas abajo DENTRO de un LAPSO de TREINTA (30) días CALENDARIO consecutivos de la fecha de la citación. La falta de envío de la notificación dentro de un lapso de treinta (30) días podrá resultar en derechos adicionales por tardanza y una suspensión de su licencia de conducir. 

¡LA FECHA DE FRANQUEO NO SERÁ ADMISIBLE!

Podrá obtener información específica relativa a su caso utilizando nuestro sistema de información telefónica automatizada 24 horas al día, si llama al número 407-836-6000.

 

OPCIÓN 1:

Pague la Multa  Civil  como aparece en la Citación.

Al elegir esta opción, pagará la pena civil como aparece al dorso de su citación. Usted también puede ver la Tabla de Multas de Tránsito para encontrar la suma debida. 

Cuando decida pagar la multa civil como aparece en su citación:

  • Su caso será satisfecho al pagar. 

  • El cargo será asentado en su expediente de conductor como una condena.

  • SE LE REBAJARÁN PUNTOS SEGÚN SEA APLICABLE.

  • Tome nota: Si usted selecciona esta opción no se le permitirá elegir la opción de la escuela después.és.

Corrección de un defecto

Si se le multa con F.S. 316.610, operación de un vehículo motorizado en una condición insegura o indebidamente equipado, como lo exige F.S. 316.610, o F.S. 316.2935, una violación no penal, podrá DENTRO DE UN LAPSO DE TREINTA (30) días CALENDARIO consecutivos de la fecha en la que la citación fue emitida, corregir el defecto, pagar un derecho de USD 4,00 a la policía u oficina del "sheriff" local y hacer que LA POLICÍA O LA OFICINA DEL SHERIF le CERTIFIQUEN LA CORRECCIÓN EN UNA DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO. DEBE ENVIAR POR CORREO O PRESENTAR LA DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO, JUNTO CON UN DERECHO DE USD 7,50 A LA OFICINA DEL SECRETARIO DE LA CORTE DENTRO DE UN LAPSO DE TREINTA (30) DÍAS DE LA FECHA EN LA CUAL LA CITACIÓN FUE EMITIDA. NO SE LE REBAJARÁN PUNTOS.

Excepción: F.S. 316.610

NOTA: Esta opción no regirá para las violaciones de F.S. 316.610 por un vehículo motorizado comercial o autobús de transporte público propiedad de una entidad gubernamental.

Documentación Adicional Exigida

En las violaciones relacionadas con la matrícula del vehículo, la licencia de conducir y las infracciones de seguros, debe presentar una copia válida del documento junto con el pago. Si la copia era válida a la fecha en la cual la citación fue emitida, la citación puede ser desestimada pagando un derecho de USD 7,50. Si el(los) documento(s) no era(n) válido(s) a la fecha de la citación, usted debe la multa estatutaria como aparece al dorso de su citación, junto con una copia del(los) documento(s) ahora válidos.

Recuerde que debe tomar su decisión dentro de un lapso treinta (30) días calendario consecutivos para evitar derechos adicionales por tardanza y la posible suspensión de su licencia de conducir.

 

OPCIÓN 2:

Alegar que es inocente

Cuando usted decide alegar que es inocente

  • Debe o aparecer ante la corte listada al frente de su citación.

  • o puede enviar un Alegato de Inocencia solicitando una fecha de comparecencia ante la corte. Se le dará una fecha para comparecer ante la corte. No se fijarán fechas de comparecencia por teléfono. 

  • Si usted sabe que no podrá comparecer en persona ante la corte en la fecha fijada, puede presentar una Declaración Jurada de Defensa y dar una fianza civil en lugar de comparecer ante la corte. 

  • Usted debe presentar un Alegato de Inocencia.

Las sumas de fianza para Infracciones por Vehículos en movimiento y Vehículos Estacionarios.

  • Si le hizo una citación por una infracción relativa a un vehículo en movimiento, la fianza civil sería USD 100,00. 

  • Si le hizo una citación por una infracción relativa a un vehículo estacionario, la fianza civil sería USD 75,00.

Recuerde que debemos recibir su solicitud de una fecha de comparecencia ante la corte dentro de un lapso de treinta (30) días calendario consecutivos para evitar derechos adicionales por tardanza y la posible suspensión de su licencia de conducir.

TOME NOTA: Para cancelar su audiencia, debe pagar un derecho de cancelación de USD 15,00 junto con la multa civil o costo de la escuela según usted decida, por lo menos 24 horas antes de la audiencia si lo hace en persona o siete (7) días antes si lo hace por correo.

 

OPCIÓN 3:

Decide asistir a la Escuela de Tránsito

Decisión de asistir a la escuela de tránsito

Las leyes de Florida le permiten elegir esta opción una vez dentro de un lapso de 12 meses y no más de cinco veces en el lapso de su vida.

¡MUCHAS ESCUELAS DE TRÁNSITO OFRECEN CLASES EN LÍNEA! Pídale mayor información a la escuela de tránsito que elija. (Las escuelas de tránsito se pueden encontrar en las Páginas Amarillas bajo el tema “traffic instruction”.

  • Se retendrá el registro de la infracción en su expediente de conductor.

  • NO SE LE REBAJARÁN PUNTOS.

  • Para elegir la opción de la escuela necesitará pagar el costo correcto a la Oficina de Secretaría. Esta suma difiere de la cantidad a pagar en la Opción 1, Pago de la Multa Civil como aparece en la citación. Por favor consulte la tabla de multas para hallar la multa apropiada. 

  • Al pagar, su caso será actualizado por noventa días calendario, no tres meses. Dentro de 90 días, necesitará contactar una escuela de su elección (las escuelas están listadas en las Páginas Amarillas bajo “driver instruction”), complete el curso de cuatro (4) horas y devuelva su formulario de haberlo completado a la Oficina de Secretaría. Algunas escuelas archivan electrónicamente los cursos completados con la Oficina de Secretaría. Si le han notificado esto, puede llamar a nuestro sistema automatizado de información después de una semana de haber completado el curso, para verificar que la culminación del curso ha sido introducida en los archivos.

  • La incumplimiento en la escuela y el no enviar prueba de la culminación del curso dentro de un lapso de 90 días calendario consecutivos de la fecha en la cual hizo su elección, podría resultar en una suspensión de su licencia de manejar, que le rebajen puntos y le añadan multas y derechos adicionales por retraso.

Recuerde, debe elegir la opción de la escuela con la oficina de secretaría dentro de un lapso treinta días calendario consecutivos para evitar derechos por retraso y una posible suspensión de su licencia de conductor.

Cuando la elección de esta opción está restringida

Esta opción no se ofrece para las infracciones relativas a licencias de conducir, matrícula del vehículo, o aquellas concernientes a vehículos motorizados comerciales correspondientes a F.S. 322.62.

 

OPCIÓN 4:

Introduzca un alegato de Nolo Contendere (no deseo litigar)

Si se le hizo una boleta de multa acusándole de infracciones a F.S. 322.065, 320.07(3) (a), 322.15(1), 320.0605(1), 316.646(1), ó 322.34(1) que es suspendida por falta de comparecencia, falta de pago o por no asistir a la escuela de mejoramiento de conductores en cumplimiento de F.S. 322.291, usted podrá, en lugar del pago de la multa estatutaria o de la comparecencia ante la corte, elegir la introducción de un alegato de "nolo contendere" (no deseo litigar).

Para introducir un alegato de nolo contendere, usted debe:

  • Firmar un Afídavit (Declaración jurada) para la Opción 4 (Alegato de Nolo Contendere). Debe notarizar su Afídavit y enviarlo con su pago y una copia del documento ahora válido. El costo de esta opción es como sigue: para la licencia de conducir, matrícula, o registro el costo judicial total es USD 49,10 El costo de la corte por una infracción de seguros es USD 33,35.

  • Usted debe también una licencia de conducir válida, matrícula, registro o prueba adecuada de seguro a la Oficina de Secretaría de las Cortes según la infracción.

  • Debe pagar el costos judicial. 

  • Usted NO DEBE haber optado por alegar nolo contendere dentro de un lapso de doce meses. 

  • Usted NO DEBE HABER alegado nolo contendere bajo esta disposición tres veces en su vida (F.S. 318.1410.)(a).

Cuando un alegato de nolo contendere es aceptado, la adjudicación debe ser retenida por el(la) Secretario(a).

Recuerde que debe tomar su decisión dentro de un lapso treinta (30) días calendario consecutivos para evitar derechos adicionales por tardanza y la posible suspensión de su licencia de conducir.